- La formación Continúa, constituye junto con la Formación Reglada y Ocupacional el tercer subsistema en el que está estructurada la Formación Profesional en nuestro país. En este caso una formación destinada esencialmente a los trabajadores en activo, con vistas a su recalificación y actualización.
- FORCEM, como entre gestor, conserva las funciones técnicas y se crea, a través de una comisión tripartita, un subsistema de pagos que asume el INEM. La recaudación de estos fondos seguirá corriendo a cargo de la Seguridad Social, que transferirá el INEM la cantidad correspondiente para la financiación de las iniciativas de formación prevista. A su vez, el INEM es el órgano de la gestión del pago a los beneficiarios de las ayudas.
- Sin embargo, también fuera de este ámbito FORCEM se desarrollan actividades formativas por parte de entidades públicas o privadas.
Actividad económica del sector en Andalucía
martes, 17 de mayo de 2011
La Formación profesional continua.
La Formación profesional y el INEM.
- Los cursos de Formación Profesional: podrán ser de carácter presencial o a distancia e incluirán una parte práctica, que en todo caso deberá realizarse en aulas taller o en empresas públicas o privadas con los que se hayan celebrado los oportunos convenios de colaboración. Existen diversos subgrupos de acciones formativas establecidos por la consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico:
- dirigidos a mujeres.
- dirigidos a discapacitados con especial dificultad de inserción laboral.
- Con compromiso de inserción laboral.
- Dirigidos a desempleados jóvenes (especialmente menores de treinta años)
- Para trabajadores ocupados de pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos, especialmente en labores de economía social.
- Dirigidos a desempleados para especialidades fuertemente demandadas por el mercado de trabajo.
- Para la mejora de la propia Formación Profesional Ocupacional.
- Acciones formativas.
- Los cursos de formación profesional podrán ser de carácter presencial o a distancia e incluirán una parte práctica que deberá realizarse en aulas-taller o en empresas con las que se hayan celebrado los oportunos convenios de colaboración.
- Las prácticas realizadas en las empresas no supondrá la existencia de relación laboral entre los alumnos y la empresa.
- Selección de alumnos. se efectuarán en dos niveles:
- La preselección, que la efectuará la Dirección Provincial correspondiente del INEM, teniendo en cuenta los objetivos fijados en la planificación, las características de los cursos, las necesidades de formación de los parados y el principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
- La selección, la efectuará el órgano responsable de impartir las acciones de formación. En el caso de las Comunidades Autónomas el procedimiento será el establecido en los respectivos Convenios de colaboración.
- Beneficiarios del Plan F.I.P.
- Todos los trabajadores desempleados.
- Pueden ser Centros Colaboradores. Los Centros públicos o privados de Formación Profesional así como las Empresas, Instituciones, Organizaciones o Asociaciones empresariales y sindicales que puedan impartir cursos de Formación Profesional Ocupacional de las especialidades homologadas.
- Certificados de profesionalidad.Con el fin de mejorar la transparencia del mercado de trabajo y facilitar la libre circulación de trabajadores a nivel comunitario, se los itinerarios formativos y los conocimientos mínimos en cada especialidad que conduzcan al Certificado de Profesionalidad que, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, será expedido por todas las Administraciones Laborales a todos los alumnos que hayan superado las evaluaciones correspondientes al respectivo nivel profesional.
Ciclo Formativo de Grado Superior Instalaciones Electrotécnicas.
- Competencia general:
- Desarrollar equipos e instalaciones de distribución de energía eléctrica en media y baja tensión y centros de transformación, instalaciones singulares y de automatización para edificios destinados a viviendas, usos comerciales e industriales, partiendo de las especificaciones técnicas y económicas acordadas con el cliente.
- Este técnico actuará, en todo caso, bajo la supervisión general de
Arquitectos, Ingenieros o Licenciados y/o Arquitectos Técnicos, Ingenieros
Técnicos o Diplomados.
- Unidades de competencia:
- Desarrollar y mantener equipos e instalaciones de distribución de energía eléctrica en media tensión, baja tensión y centros de transformación.
- Desarrollar y mantener instalaciones singulares en el entorno de los edificios.
- Desarrollar y mantener equipos de control automático e instalaciones automatizadas para viviendas y edificios.
- Organizar, gestionar y controlar la ejecución y mantenimiento de las instalaciones electrotécnicas.
- Realizar la administración, gestión y comercialización en una pequeña empresa o taller.
- Duración del ciclo:2000 horas (2 años académicos).
- Titulación obtenida
- Técnico Superior en Instalaciones Electrotécnicas.
- Salidas profesionales
- Posibilidad de obtener el Certificado de Cualificación Individual y darse de alta como instalador electricista autorizado. O trabajar como técnico por cuenta ajena, desarrollando las competencias profesionales propias de estos estudios.
- Salidas académicas Según el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (B.O.E. de 8 de mayo de 1998), que establece el acceso directo (y reserva el 30% de las plazas), en los siguientes estudios universitarios:
- Diplomado en máquinas navales
- Diplomado en navegación marítima
- Diplomado en óptica y optometría
- Diplomado en radioelectrónica naval
- Arquitecto técnico
- Ingeniero técnico aeronáutico (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico industrial (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico agrícola (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico en diseño industrial
- Ingeniero técnico forestal (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico en informática de gestión
- Ingeniero técnico en informática de sistemas
- Ingeniero técnico de minas (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico de obras públicas (todas las especialidades)
- Ingeniero técnico en telecomunicación (todas las especialidades)
Ciclos Formativos de la Familia Electricidad.
- Ciclo Formativo de Grado Medio Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.
- Competencia general:Realizar la construcción de equipos electrotécnicos de distribución de
energía eléctrica, así como la protección y el control de máquinas
eléctricas.
- Unidades de competencia: Construir y mantener equipos e instalaciones de distribución y suministro de energía eléctrica en Media y Baja Tensión.
- Duración del ciclo: 2000 horas (2 años académicos).
- Titulación obtenida
- Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.
- Salidas profesionales
- Posibilidad de obtener el Certificado de Cualificación Individual y darse de alta como instalador electricista autorizado. O trabajar como técnico por cuenta ajena.
- Salidas académicas
- Bachillerato de Tecnología.
- Ciclos Formativos de Grado Superior de la misma familia profesional, siempre que se supere la prueba de acceso.
Requisitos de acceso a los ciclos formativos de grado superior.
- El acceso a la Formación Profesional inicial se podrá realizar de las siguientes formas:
- Acceso directo.
- El requisito académico que da acceso directo para cursar la formación profesional específica de grado superior es estar en posesión del título de Bachiller.
- Otros accesos directos:También tendrán acceso directo a las enseñanzas de Grado Superior, quienes posean alguna de las titulaciones o acreditaciones académicas siguientes:
- Estar en posesión del título de Técnico Especialista, Técnico
- Superior o equivalente a efectos académicos.
- Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
- Haber superado el segundo curso de cualquier modalidad de Bachillerato.
- Haber superado el Curso de Orientación Universitaria.
- Acceso mediante prueba.
- Para acceder mediante prueba a ciclos formativos de grado superior los alumnos deberán tener 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba. Para quienes acrediten estar en posesión del título de Técnico y deseen acceder a un ciclo formativo de grado superior relacionado con aquel, el requisito de edad para la realización de la prueba será de 18 años.
- La prueba de acceso consta de dos partes, que hacen referencia a las materias de Bachillerato, comunes y de modalidad, “vinculadas" con el ciclo:
- 1. Parte Común. El objetivo es acreditar una madurez en relación con los currículos del bachillerato, en los contenidos de: Lengua Castellana y Literatura, Lengua Extranjera (Inglés/ Francés) y Matemáticas.
- 2. Parte Específica. Se basa en los contenidos de la formación de base referentes al campo profesional de que se trate.
- Criterios de admisión a ciclos formativos de grado superior.
- 1. Haber cursado alguna de las modalidades de bachillerato que se determinan para cada ciclo formativo en la tercera columna del Anexo I del citado Real Decreto.
- 2. El expediente académico del alumno en el que se valorará sucesivamente la nota media y haber cursado las materias de bachillerato relacionadas en la columna cuarta del Anexo I del mencionado Real Decreto.
Requisitos de acceso a los ciclos formativos de grado medio.
- El acceso a la Formación Profesional inicial se podrá realizar de las siguientes formas:
- Acceso directo: El requisito académico que da acceso directo para cursar Ciclos Formativos de Grado Medio es estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
- Otros accesos directos: También tendrán acceso directo a las enseñanzas de Grado Medio,quienes posean alguna de las titulaciones o acreditaciones académicas siguientes:
- Técnico Auxiliar.
- Técnico.
- Haber superado el segundo curso de Bachillerato Unificado Polivalente.
- Haber superado el segundo curso del primer ciclo experimental de la reforma de las enseñanzas medias.
- Haber superado, de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, el tercer curso del Plan de 1963 o segundo de comunes experimental.
- Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con alguno de los anteriores.
- Acceso mediante prueba:
- La prueba será regulada por las Administraciones Educativas y
tendrá por objeto comprobar que el aspirante tiene los conocimientos y
habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas
del ciclo formativo de grado medio.
- Para acceder mediante prueba a los ciclos formativos de grado medio los alumnos deberán cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- Tener al menos 17 años en el año en que se realiza la prueba.
Títulos de Grado superior
- Actividades Agrarias. -
- Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.
- Actividades Físicas y Deportivas.
- Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
- Actividades Marítimo – Pesqueras.
- Navegación, Pesca y Transporte Marítimo.
- Administración.
- Administración y Finanzas.
- Artes Gráficas.
- Diseño y Producción Editorial.
- Comercio y Marketing.
- Comercio Internacional.
- Gestión Comercial y Marketing.
- Comunicación, Imagen y Sonido.
- Imagen.
- Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.
- Edificación y Obra Civil.
- Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción
- Electricidad y Electrónica.
- Desarrollo de Productos Electrónicos.
- José Antonio Ocón Barranco Página 94 IES Juan de la Cierva 2007/08
- Instalaciones Electrotécnicas.
- sistemas de Regulación y Control Automáticos.
- Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.
- Hostelería y Turismo.
- Agencias de Viajes.
- Alojamiento.
- Imagen Personal.
- Asesoría de Imagen Personal.
- Industrias Alimentarías.
- Industria Alimentaría.
- Informática.
- Administración de Sistemas Informáticos.
- Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.
- Química.
- Análisis y Control.
- Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines.
- Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
- Animación Sociocultural.
- Educación Infantil.
- Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados.
- Automoción.
- Mantenimiento Aeromecánico.
o Mantenimiento de Aviónica.
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